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Alta de autónomo: Hacienda, RETA y los primeros trimestres

8 de septiembre de 2026 · Nomad Booth

El alta no es un solo clic. Hay censo de empresarios (036 o 037), epígrafes de IAE, alta en el RETA y, si procede, IVA. El orden y las fechas importan: facturar antes de estar dado de alta es un clásico que luego se paga.

En el censo eliges obligaciones: IVA trimestral, IRPF (pagos a cuenta), si vas a tener trabajadores, si operas intracomunitario. Un epígrafe mal elegido no es solo un trámite: condiciona deducciones y, a veces, colegiación.

El RETA tiene base de cotización y, según el momento, tarifa plana o tramos por ingresos. Conviene calcularlo con la previsión real, no con el mínimo “porque luego ya se cambia”.

Si llegas de otro país, el alta se cruza con residencia y, a veces, con el convenio de Seguridad Social. Cuéntanos la situación; el asesor te dice la secuencia, no un PDF genérico de Hacienda.

Esta guía es informativa y no constituye un dictamen. Un asesor de Nomad Booth revisa tu asunto concreto. Si subes archivos, tus documentos están protegidos y solo los ve tu asesor.

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